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Privilegio de Pedro III por el que establece que, si el Concejo de Teruel acordara con él la redención del ejército mediante el pago de fonsadera, los caballeros turolenses sólo paguen la parte que les corresponda en el supuesto de que el rey o alguno de sus hijos comandara la hueste
Privilegio de Pedro III por el que establece que, si el Concejo de Teruel acordara con él la redención del ejército mediante el pago de fonsadera, los caballeros turolenses sólo paguen la parte que les corresponda en el supuesto de que el rey o alguno de sus hijos comandara la hueste

Privilegio de Pedro III por el que establece que, si el Concejo de Teruel acordara con él la redención del ejército mediante el pago de fonsadera, los caballeros turolenses sólo paguen la parte que les corresponda en el supuesto de que el rey o alguno de sus hijos comandara la hueste

Fecha(s)
1281/05/07. Sarrión
Signatura
ES/AHPTE - CONCEJO/PERG-CV/00002/0029

Descripción física

  • Extensión
    1 hoja
  • Dimensiones
    105 x 195 mm.
  • Soporte
    Pergamino
Condiciones de uso y reproducción
Reconocimiento-NoComercial-CompartirIgual 4.0 Internacional (CC BY-NC-SA 4.0)
Archivo Histórico
Provincial de Teruel
Ronda de Dámaso Torán, 54
44003 Teruel