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1. Área de identificación

1.1. Tipo de entidad

Institución

1.2. Forma(s) autorizada(s) del nombre

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción de Calamocha

2. Área de descripción

2.1 Fechas de existencia

1833 -

2.2. Historia

Pese a un primer intento de modernizar la justicia en los años de la Guerra de Independencia Española tras la promulgación de la Constitución de Cádiz y durante el breve periodo del Trienio Liberal (1820-1823), no fue hasta la implantación definitiva del liberalismo en 1833 cuando se observaron los nuevos cambios en el justiciazgo.
El Decreto de 21 de abril de 1834 crea la subdivisión de las provincias en Partidos Judiciales, ajustándose a la división provincial ideada por el ministro de fomento Javier de Burgos en 1833. Calamocha, que anteriormente a dicho decreto pertenecía al corregimiento de Daroca, se convierte en cabeza de partido por lo que pasa a tener un juzgado de primera instancia. Su partido judicial lo integraron Báguena, Bea, Bello, Blancas, Burbáguena, Calamocha, Caminreal, Castejón de Tornos, Collados, Cucalón, Cuencabuena, , Ferreruela de Huerva, Fuentes Claras, Lagueruela, Lanzuela, Lechago, Luco de Jiloca, Monreal del Campo, Navarrete del Río, Nogueras, Odón, Olalla, el Poyo, Pozuel del Campo, San Martín del Río, Santa Cruz de Nogueras, Tornos, Torralba de Sisones, Torrijo del Campo, Valverde, Villahermosa del Campo y Villalba de los Morales. En 1840 se modificaron los límites del partido de Calamocha, pasando Nogueras y Santa Cruz de Nogueras al partido de Segura-Montalbán.
A partir de este momento comienza un esfuerzo renovador de la justicia: los alcaldes ordianrios perdieron las atribuciones judiciales, teniendo que pasar los autos al juzgado de primera instancia y, por su parte, por el Real Decreto de 26 de septiembre de 1835 los ejercientes de justicia perdieron las atribuciones gubernativas que habían poseído durante el Antiguo Régimen. En 1844 se crea el Reglamento para los Juzgados de Primera Instancia de la península e Islas Adyacentes que estableció la estructura interna de los juzgados, su composición y las funciones de cada uno de los oficiales.
Durante el Sexenio Democrático (1868-1874) se decidió una revisión del sistema de justicia para solventar las necesidades que acarreaban, debido al aumento de las causas y a la poca agilidad. La Ley Orgánica del Poder Judicial de 1870 estableció un nuevo sistema de ascensos, delimitó de nuevo las competencias de los oficiales de los juzgados, incorporando nuevas figuras, y la entrada de estos oficiales a partir del sistema de oposición. Estableció un nuevo sistema de circunscripciones (los distritos judiciales) y creaba los juzgados de instrucción, que entendían sobre las causas penales, diferenciándolos de los juzgados de primera instancia, que entendían sobre las causas civiles.
Esta ley perduró durante mucho tiempo, siendo modificada principalmente en los años de la Restauración borbónica (1874-1931) para adecuarse a las necesidades locales y judiciales del momento. Así, se crea la ley adicional de 1882 a la ley de 15 de septiembre de 1870 por la que las causas criminales se pasan a las salas de lo criminal de algunas sedes. En el caso de Calamocha, estas se pasaron a la sala criminal de Teruel. Por otra parte, el que no llegaran a crearse definitivamente los juzgados de instrucción diferenciados de los juzgados de primera instancia hizo que se pasaran todas las competencias, creándose unitariamente los juzgados de primera instancia e instrucción, como el calamochino.
La irrupción de la Guerra Civil Española (1936-1939) y la apertura de los juicios por responsabilidades políticas durante la posguerra del régimen franquista (1939-1975) llevó a un gran aumento de la actividad judicial. Los juzgados de primera instancia del momento colaboraron y recogieron las medidas represoras que impuso el régimen desde los tribunales militares y los especialmente eformados para las responsabilidades políticas. El Decreto 3388/1965, de 11 de noviembre modificó los límites del partido judicial de Calamocha, anexionando el partido judicial de segura-Montalbán.
El triunfo democrático a la muerte del dictador Francisco Franco trajo consigo un nuevo esfuerzo reformista de la justicia, en parte para recuperar la confianza hacia la justicia de los ciudadanos. El código más amplio de este momento es la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de Julio, del Poder Judicial, que mantuvo el establecimiento de los juzgados de primera instancia e instrucción además de sus competencias.

2.3. Lugares

Calamocha

2.4. Estatuto jurídico

Naturaleza pública
Órgano judicial

2.5. Funciones, ocupaciones y actividades

Justicia

4. Área de control

4.1. Identificador del registro de autoridad

182431

4.2. Identificador de la institución que hace la ficha

DARA
AHPHU

4.3. Reglas y/o convenciones

ARANOR

4.4. Estado de elaboración

Revisión

4.8. Fuentes

UBIETO ARTETA, A. Historia de Aragón. Divisiones administrativas, Anubar ediciones, Zaragoza, 1983