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Cuadro de clasificación

Archivo Histórico Provincial de Zaragoza > ARCHIVOS PÚBLICOS > ADMINISTRACIÓN CORPORATIVA

1. Área de identificación

1.2. Título

Organización Sindical-AISS

1.3. Fecha(s)

1906-1983

1.4. Nivel

Fondo

1.5 Volumen y soporte de la unidad de descripción

4682 cajas

2. Área de contexto

2.2. Historia institucional / Reseña biográfica

La Organización Sindical Española, primero como servicio dentro del Movimiento Nacional y más tarde como institución autónoma, tuvo, como función básica, el encuadramiento y representación de todos los intereses de trabajadores y empresarios al servicio de la comunidad nacional. La Ley de 30 de enero de 1938, que creó el Ministerio de Organización y Acción Sindical, modificó la organización del sindicalismo español. Suprimido este Ministerio al año siguiente, la Organización Sindical pasó a depender del Movimiento Nacional. Por Ley Orgánica de 16 de diciembre de 1940 se crearon las Delegaciones Provinciales de Sindicatos, dependientes de la Delegación Nacional de Sindicatos. El Real Decreto-Ley de 8 de octubre de 1976 transformó la antigua Organización Sindical en un organismo autónomo adscrito a la Presidencia del Gobierno, que recibió la denominación de Administración Institucional de Servicios Socio-Profesionales (A.I.S.S.). Por el mismo Decreto, de 30 de enero de 1938, de Administración del Estado, por el que se estableció el primer gobierno de Franco, se creó el Ministerio de Organización y Acción Sindical englobando, entre otros, al Servicio Nacional de Sindicatos, cuyas atribuciones se especificarían más tarde por Decreto de 13 de mayo del mismo año. A partir de 1939 la dependencia directa de la actividad sindical respecto a la acción del aparato estatal se rompió en parte, iniciándose la tendencia a concentrar la organización sindical del Estado en la estructura orgánica de Falange como instrumento político del Movimiento Nacional. Por la Ley de 8 de agosto de 1939, todos los asuntos directamente relacionados con las actividades sindicales pasan a depender del Servicio de Sindicatos de la Falange Española. La Ley de Unión Sindical de 26 de enero de 1940 dispone que la Organización Sindical de la Falange asuma toda actividad sindical en el Estado. La Delegación Nacional de Sindicatos de la Falange ejercería sus funciones ordenadoras a través de los Sindicatos Nacionales y de las Centrales Nacional-Sindicalistas en las diversas esferas territoriales, correspondiendo la coordinación a nivel provincial a las Delegaciones Provinciales de Sindicatos, tal como finalmente se contempló en la Ley de Bases de la Organización Sindical de 6 de diciembre del mismo año. La Ley de 23 de junio de 1941 encuadró la organización sindical del Movimiento en 24 sindicatos nacionales para las distintas actividades productivas, que se aumentarán posteriormente a 26. La situación se mantiene hasta la ley Sindical 2/1971, de 17 de febrero, que estructura la Organización Sindical otorgándole naturaleza institucional y carácter representativo, con lo que la actividad sindical vuelve a la dependencia del aparato del Estado a través del Ministerio de Relaciones Sindicales. Por Real Decreto-Ley de 8 de octubre de 1976, la Organización Sindical se transformó en un organismo autónomo adscrito a Presidencia del Gobierno con el nombre de Administración Institucional de Servicios Socio-Profesionales (AISS), un paso efímero hasta su definitiva desaparición. La Ley de 1 de abril de 1977 reconoció el derecho de asociación sindical y se extinguió la sindicación obligatorio por Real Decreto Ley de 2 de junio del mismo año. Las unidades y servicios dependientes de la AISS fueron transferidos a la Administración Central en abril de 1978 y la estructura sindical del Movimiento desapareció definitivamente.

2.4. Forma de ingreso

Transferencia ordinaria en distintas partes y fechas.

3. Área de contenido y estructura

3.1. Alcance y contenido

La documentación refleja la estructura, funciones y actividades de la Organización Sindical, junto con las relaciones laborales entre trabajadores y empresarios de este periodo. Este fondo también ofrece información de aspectos que van más allá del entorno del trabajo, puesto que la Organización Sindical ejercía su acción y competencias en asuntos como la vivienda, formación, empleo, salud laboral, descanso, y ocio de los trabajadores.

3.3. Nuevos ingresos

No previstos.

3.4. Organización

Orgánica.

4. Área de condiciones de acceso y utilización

4.1. Condiciones de acceso

Atendiendo a la legislación vigente existe parte de documentación de acceso libre y otra de acceso restringido.

4.4. Características físicas y requisitos técnicos

Bueno.

5. Área de documentación asociada

5.4. Nota de publicaciones

GRUPO de Trabajo sobre la Administración Institucional de Servicios Socioprofesionales AISS. "La Organización Sindical española". En: Primeras Jornadas sobre metodología para la identificación y valoración de fondos documentales de las Administraciones Públicas. Madrid: Dirección de Archivos Estatales, 1992.
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