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Cuadro de clasificación

1. Área de identificación

1.2. Título

Demarcación de Teruel. Colegio Oficial de Arquitectos de Aragón (DT-COAA)

1.3. Fecha(s)

1976-1982

1.4. Nivel

Fondo

1.5 Volumen y soporte de la unidad de descripción

356 cajas

2. Área de contexto

2.2. Historia institucional / Reseña biográfica

La creación de los colegios profesionales data del siglo XIX, siendo la continuidad de los gremios (agrupaciones de origen medieval integradas por artesanos de un mismo oficio cuyo fin era defender sus intereses profesionales) y de las sociedades en las que se transformaron en el Antiguo Régimen, que desaparecieron con el sistema liberal de 1836. Los Colegios de Arquitectos se crearon en España por Real Decreto de 27 de diciembre de 1929, dependiendo del Ministerio de Instrucción Pública y Bellas Artes. Internamente tenían una Junta de Gobierno, un Decanato y la Junta General. Sus funciones eran muy amplias: la principal la de emitir informes y dictámenes, pero también estaban pendientes de la conducta de los clientes; de la defensa de los derechos de la profesión, especialmente por el intrusismo; y el ejercicio de las facultades disciplinarias sobre los colegiados. Cada colegio tenía sus propios estatutos. La Real Orden de 16 de julio de 1930 determinó su número, la extensión y la capitalidad. Un Decreto de 13 de junio de 1931 intensificó las funciones y finalidades de los Colegios de Arquitectos. La Orden de 4 de mayo de 1940 incorporó a los colegios de arquitectos todas las asociaciones de arquitectos existentes. La Ley 2/1974 de 13 de febrero, asentó las normas reguladoras de los colegios profesionales, entre los cuales se consideran los reconocidos en la Ley Orgánica del Estado de 1967. Mantuvieron el carácter de corporaciones de Derecho Público, con personalidad jurídica, no pudiendo coexistir en un mismo territorio dos colegios y la pertenencia para ejercer como arquitecto se hace obligatoria. La Constitución Española de 1978, en su articulado, los define como corporaciones de derecho público, amparadas por la ley y reconocidos por el Estado, con personalidad jurídica propia que colaboran con la Administración Pública en los asuntos relacionados con la profesión y se organizan en ámbitos territoriales. El corpus legislativo actual data del Real Decreto 327/2002, de 5 de abril, que renovó y aprobó los Estatutos Generales de los Colegios Oficiales de Arquitectos y de su Consejo Superior. Otro de los aspectos destacados de esta normativa es la regulación del Consejo Superior de los Colegios de Arquitectos de España. La Demarcación de Teruel del Colegio Oficial de Arquitectos de Aragón (= DT-CAA) Se creó en 1961, dependiente del Colegio Oficial de Arquitectos de Aragón y de La Rioja. Durante los primeros años la sede estuvo en una oficina de la Diputación Provincial de Teruel, hasta 1977 que se trasladó a la actual, C/San Francisco, nº 1, 1ª planta. Durante estos 57 años de existencia, la DT-COAA ha sufrido numerosas vicisitudes, desde algunas anecdóticas (como el cambio de "Delegación" a "Demarcación"), u otras de más calado, como, la separación de La Rioja, la desaparición de las tarifas y el cobro de honorarios obligatorio a través de dicha DT-COAA. Por último, conviene resaltar que la DT-COAA ha mantenido siempre una prudencia tanto en las épocas de bonanza como en las de crisis y, así mismo, siempre ha estado abierto a las instituciones locales y provinciales, ofreciendo el trabajo y asesoramiento de sus colegiados.

2.3. Historia archivística

La falta de espacio, de medidas de seguridad y de acceso del Archivo de la DT-COAA, propiciaron que María Castel, Esther Lamata y José Mª Sanz (Presidenta, vocal y arquitecto visador, del mencionado DT-COAA, respectivamente), se planteasen qué hacer con la documentación que una vez cumplidos los plazos vigentes por la Ley de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (3/2018), podía estar a disposición de las personas interesadas en su consulta. Ante esta coyuntura Esther Lamata pidió asesoramiento al Archivo Histórico Provincial de Teruel (= AHPT), en el 2022. Solventados los permisos y asuntos burocráticos, la documentación se transfirió al AHPT en enero de 2023, la DT-COAA contrató a la persona que realizó la descripción del mencionado fondo que ya forma parte de este Archivo. Desde el AHPT, agradecemos la sensibilidad demostrada por las personas que desde la DT-COAA lo han propiciado. Algunos Colegios de Arquitectos tienen su propio Archivo Histórico, son los casos, entre otros, de: ** el Archivo Histórico del Colegio de Arquitectos de Cataluña. Demarcación de Barcelona o ** el Archivo Histórico del Colegio Territorial de Arquitectos de Valencia Otros Colegios de Arquitectos también han depositado parte de sus fondos en Archivos Históricos Provinciales, entre otros: ** el Archivo Histórico Provincial de Segovia conserva los fondos de la Demarcación de Segovia del Colegio de Arquitectos de Castilla y León Este (COACYLE) ** el Archivo Histórico Provincial de Soria, conserva los del Colegio de Arquitectos de Castilla y León Este (COACYLE). Demarcación de Soria ** el Archivo Histórico Provincial de Granada (con anterioridad estuvieron en el Archivo de la Real Chancillería de Granada) conserva los del Colegio oficial de Arquitectos de Andalucía Oriental. Demarcación de Granada o ** el Archivo Histórico Provincial de Jaén, conserva los del Colegio Oficial de Aparejadores y Arquitectos técnicos de Jaén y los del Colegio Oficial de Arquitectos de Andalucía Oriental. Demarcación de Jaén

2.4. Forma de ingreso

Transferencia en enero de 2023 de la Demarcación de Teruel del Colegio Oficial de Arquitectos de Aragón (DT-COAA)

3. Área de contenido y estructura

3.1. Alcance y contenido

Este fondo permite estudiar la evolución de la arquitectura y el urbanismo de Teruel y provincia, tanto de lo público (edificios de ayuntamientos, mataderos, teatros o nichos en los cementerios, entre otros), eclesiásticos (iglesias, ermitas o parroquias), pero y sobre todo es el sector privado el que está más representado. Además, los documentos también aportan una información muy valiosa sobre los promotores, constructores, propietarios/as, arquitectos/as o la evolución de las corrientes arquitectónicas (por ejemplo, los materiales utilizados), sin olvidar los asuntos relacionados con la economía: costes de la construcción, honorarios de los profesionales o préstamos

3.2. Valoración, selección y eliminación

Conservación total y definitiva

3.3. Nuevos ingresos

No se realizarán en períodos fijos

3.4. Organización

Se ha respetado, en lo posible, la organización que tenía la DT-COAA, realizando la descripción a nivel de documento

4. Área de condiciones de acceso y utilización

4.1. Condiciones de acceso

El acceso es limitado. Para consultar los documentos y/o reproducirlos es necesario la autorización de la Demarcación de Teruel del Colegio Oficial de Arquitectos de Aragón

4.5. Instrumentos de descripción

No hay. Directamente las descripciones se han incorporado a DARA

5. Área de documentación asociada

5.3. Unidades de descripción relacionadas

Los datos aportados por este fondo documental pueden completarse con otros que se conservan en este Archivo, destacando: el del Ministerio de Vivienda y urbanismo; el de la Dirección General de Regiones Devastadas (1931-1979); el del Patronato para la mejora de la Vivienda rural y el de la Delegación de Hacienda de Teruel (en concreto las Fichas de implantación de la contribución territorial urbana, Ley 41/1964)
Archivo Histórico
Provincial de Teruel
Ronda de Dámaso Torán, 54
44003 Teruel