Portal General

Cuadro de clasificación

Identificación

  • Título
    Alcalde Constitucional de Huesca
  • Fecha(s)
    1813
  • Nivel
    Fondo

Contexto

  • Nombre del o de los productor(es)
  • Historia institucional / Reseña biográfica
    Tras el asedio de la partida de Espoz a las tropas francesas y la huida de estas al mando del teniente Desboeufs, en 1813 se abre un nuevo proceso de reajuste de la administración, siguiendo los preceptos de la Constitución de 1812. El alcalde ordinario, que había mantenido sus funciones durante la ocupación francesa, se le atribuirá el apelativo de alcalde constitucional, jurando la Constitución.

    El alcalde constitucional, de esta manera, era el encargado de administrar y gestionar la municipalidad de Huesca, es decir, la propia ciudad y sus terrenos adyacentes. Tenía competencias ejecutivas y judiciales dentro del gobierno municipal.

    El alcalde constitucional tendrá que suplir las competencias judiciales que le corresondían al Alcalde Mayor ya que en este momento, Manuel Villava, alcalde mayor de Huesca, se hallaba ausente.

    Su jursidicción es breve. Con la llegada de Fernando VII en la Península y el apoyo a la vuelta absolutista, se retornará al anterior sistema de 1808, volviendo a ser alcalde ordinario y cediendo de nuevo las competencias jurídicas al Alcalde Mayor y al Gobernador Militar y Político de Huesca

Contenido y estructura

  • Alcance y contenido
    Serán alcaldes constitucionales de Huesca Mariano Lacueba y Manuel Esmir
  • Organización

Documentación asociada

  • Nota de publicaciones
    GUIRAO LARRAÑAGA, Ricardo Anales de la Guerra de la Independencia Española en el Alto Aragón (1808-1814). Instituto de Estudios Altoaragoneses, Huesca, 2008

Control de la descripción

  • Reglas o normas
    AHPHU

Explorar otras descripciones relacionadas

Archivo Histórico
Provincial de Huesca
C/ Canellas, 2
22001 Huesca