Detalle de registro
Cuadro de clasificación
1. Área de identificación
1.2. Título
1.3. Fecha(s)
1.4. Nivel
1.5 Volumen y soporte de la unidad de descripción
2. Área de contexto
2.1 Nombre del o de los productor(es)
2.2. Historia institucional / Reseña biográfica
El alcalde constitucional era el miembro municipal que se encargaba de la administración y gestión de la municipalidad de Huesca, es decir, de la propia ciudad y de los terrenos adyacentes ligados a su jurisdicción. Tenía competencias ejecutivas y judiciales, aunque la mayor parte de las competencias judiciales convenían al Juez de Primera Instancia de Huesca. Su nombramiento era realizado por la elección de los vecinos de Huesca.
La presencia de este cargo en los actos judiciales respondía esencialmente o bien a la ausencia del Juez de Primera Instancia o bien a que se trataban de delitos menores.
Aunque el cargo de la alcaldía constitucional se mantuvo hasta 1823, lo cierto es que Huesca pasó muy pronto a ser fiel a los realistas, frente a los constitucionalistas, debido especialmente a la entrada del cuerpo expedicionario francés de los Cien Mil Hijos de San Luis, comandados por el Duque de Angulema. Desaparecerá de nuevo el cargo de alcalde primero constitucional y se volverá al antiguo sistema de alcaldes ordinarios y regidores, junto a la administración de justicia ejercida por el Alcalde Mayor de Huesca y el Gobernador Militar y Político.