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1. Área de identificación

1.2. Título

Contribución del 3% sobre el producto bruto de las explotaciones mineras

1.3. Fecha(s)

1912-1957

1.4. Nivel

Serie

2. Área de contexto

2.1 Nombre del o de los productor(es)

2.4. Forma de ingreso

Transferencia

3. Área de contenido y estructura

3.1. Alcance y contenido

Estos expedientes se originan cuando se restablece después de la I Guerra Mundial, al normalizarse la producción y el consumo de mineral en Europa, el impuesto del 3 % sobre el producto de la riqueza minera. También contiene información sobre los recargos municipales que imponen los Ayuntamientos desde 1924 sobre este impuesto. Estas liquidaciones definitivas sobre la contribución del 3 % del producto bruto de las explotaciones de las minas son las que realiza la Compañía Minera de Sierra Menera de las minas Teresa y Pilarica de la provincia de Teruel. La liquidación del año 1931 incluye el recurso presentado por la Compañía contra el Ayuntamiento de Ojos Negros por la ordenanza que aprueba sobre el recargo municipal sobre este impuesto. Por último, el cambio en la legislación tributaria que se produce a partir de 1940 se ve reflejado en estos expedientes (hojas de declaración de la contribución de usos y consumos) ya que se tramita este impuesto como tributo indirecto sobre el consumo.

7. Área de control de la descripción

7.2 Reglas o normas

Reyes Serrano González

Datos adicionales

Descriptores

Archivo Histórico
Provincial de Teruel
Ronda de Dámaso Torán, 54
44003 Teruel