Detalle de registro
Cuadro de clasificación
Identificación
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TítuloAudiencia Provincial de Huesca
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Fecha(s)1884-1980
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NivelFondo
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Volumen y soporte de la unidad de descripción2161 unidades de instalación
Contexto
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Nombre del o de los productor(es)
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Historia institucional / Reseña biográficaLas audiencias provinciales fueron creadas al establecerse en la Ley de Enjuiciamiento Criminal (de 14 de septiembre de 1882) un proceso oral y público, en única instancia, para el enjuiciamiento de las causas penales, con una fase de instrucción y otra de decisión, atribuida ésta última a las entonces denominadas audiencias de lo Criminal. Como tales órganos no existían, se hizo necesaria su creación por medio de una Ley de 14 de octubre de 1882, con un ámbito de actuación inferior a la provincia pero superior a la de los partidos judiciales. Posteriormente, por Real Decreto de 29 de agosto de 1893, pasaron a denominarse definitivamente audiencias provinciales, con sede en las capitales de provincia, y con la particularidad de que, en aquellas localidades que eran sede de las audiencias territoriales, la Audiencia Provincial, constituía la Sala de lo Criminal de la Audiencia Territorial respectiva.
Su competencia, por tanto, en origen era exclusivamente penal; El Estatuto Municipal de 1924 le asignó durante un corto período la competencia en materia contencioso-administrativa en los recursos de ámbito provincial, aunque luego esa competencia pasó a los tribunales provinciales de la contencioso-administrativo, órganos diferentes que solían compartir sede con la Audiencia.
A partir de la Segunda República, se empezó a atribuirles el conocimiento de determinadas cuestiones de tipo civil como pasó con la Ley del Divorcio de 1932 o con la Ley de Arrendamientos de fincas rústicas de 1935, que les encomendaba el conocimiento de los recursos contra las sentencias dictadas en cuestiones de las que hubieran conocido los Juzgados de Primera Instancia. La derogación de la Ley del Divorcio y la circunstancia de que las apelaciones en materia de arrendamientos rústicos pasaran a ser de la atribución de las Audiencias Territoriales, determinó que las Audiencias provinciales recuperasen su primitiva fisonomía como órganos estrictamente penales. Ello se mantuvo hasta la reforma que introdujo la Ley de 20 de junio de 1968, conforme a la que se incrementó funcionalmente el ámbito de su competencia, pasando a configurarse como Tribunales de apelación en determinados procedimientos civiles.
La regulación actual de las audiencias provinciales, como toda la organización judicial española, se recoge en la Ley Orgánica del Poder Judicial, de 1 de julio de 1985, que les atribuye, además de entender del las causas instruidas por los juzgados de instrucción, las apelaciones civiles y criminales contra resoluciones de los Jueces de primera instancia e instrucción.
Desde La Ley Orgánica 6/1985 del Poder Judicial, además de ampliar sus competencias al ámbito civil, también integran los Tribunales Provinciales de lo Contencioso-Administrativo.
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Historia archivísticaLa documentación se transfirió por la Audiencia Provincial de Huesca el 8 de mayo de 1995 y el 4 de noviembre de 1996
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Forma de ingresoTransferencia
Contenido y estructura
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Nuevos ingresosFondo abierto a nuevas transferencias
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OrganizaciónSe han establecido tres áreas funcionales: penal, civil y gubernativo. Por la propia naturaleza del organismo, la documentación más abundante es la de naturaleza penal.
Las series más destacadas son: Libros de sentencias en materia penal (1884-1959), Libros de sentencias del Tribunal del Jurado (1896-1923, 1931-1937), Causas penales (1901-1980), y Registros de rollos (1942-1959).
La ordenación de las series es cronológica
Condiciones de acceso y utilización
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Condiciones de accesoLibre a partir de los 50 años de la documentación salvo las excepciones previstas en la legislación de protección de datos de carácter personal.
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Lengua/escritura de los documentosEspañol
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Instrumentos de descripciónInventario de todo el fondo. Los procedimientos penales entre 1931 y 1942 están descritos en el nivel de expediente en DARA.
Documentación asociada
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Existencia y localización de copiasLos libros de sentencias hasta 1920 están digitalizados y disponibles en DARA.
Control de la descripción
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Reglas o normasAHPHU