Cosidos a un documento procesal estaban los Estatutos o desafueros criminales del Concejo de Adahuesca y su pardina de Sevil.

«Simplificación administrativa=Eficacia de los actos».

Aunque parezca un lema de nuestro tiempo y con otra finalidad, esto es lo que argumentaba el Concejo de Adahuesca para promulgar sus estatutos criminales en 1654. Estos estatutos aprobados por varios concejos aragoneses de señorío real para luchar contra la feroz delincuencia que se cebaba en sus tierras, eco de la conflictividad social patente en los siglos XVI y XVII, supusieron la renuncia temporal a las garantías forales pertenecientes a la jurisdicción criminal y por tanto una simplificación en el procedimiento tan abrupta que suponía casi la aplicación de un estado de excepción temporal.

Acceso al documento DARA

Para ampliar la información sobre el origen de este tipo documental: Olivo Ferreiro, Jorge del (2009), “Los estatutos criminales y desafueros en el Aragón de los siglos XVI y XVII”, en G. Colás Latorre, Estudios sobre el Aragón foral, Zaragoza, Mira, pp. 127-156. Disponible en: http://blancas.unizar.es/wp-content/uploads/2010/04/Aragon_foral.pdf