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Introducción

 Sin lugar a dudas, uno de los fondos más completos que custodiamos en el Archivo Histórico Provincial de Teruel, es el del Gobierno Civil. Esto es consecuencia directa de las funciones que estaban a su cargo: desde agricultura, industria y comercio, minería, control sobre los ayuntamientos, policía general, instrucción pública, establecimientos benéficos, cárceles, bibliotecas, museos u orden público, entre otros muchos. También conviene recordar que fueron los representantes del Gobierno central y, además, desde 1958 la máxima autoridad provincial. Todo este contenido y variedad de los asuntos tratados, se refleja en la cantidad de documentos conservados (en el momento de redactar estas líneas, 46.997 documentos, desde 1938 a 1995:

https://dara.aragon.es/opac/app/results/?st=.4.267.273.314.337&ob=re:1)

 

La Asociación de Labradores de Cella en 1939

El 23 de diciembre de 1939, José Lanzuela Blasco, presidente de la Asociación de Labradores de Cella, al Gobernador Civil de la provincia, le solicita autorización para celebrar una Junta general de dicha asociación, porque “…en los tres últimos años no han podido exponer a los asociados las liquidaciones anuales de la Asociación, ni renovar su Junta Directiva…”.

Esta instancia es trasladada, el 23 de diciembre de 1939, por Santiago Lanzuela, alcalde de Cella, al Gobernador Civil de la provincia de Teruel.

 

El Gobernador Civil, por el mismo procedimiento, le contesta al alcalde que le comunique a José Lanzuela Blasco, su presidente, que de acuerdo y que le remita “… el Reglamento original que en su día hubiera sido presentado en este Gobierno…”.

En un oficio de 8 de enero de 1940, Fidel Blasco, alcalde, le informa al Gobernador Civil de la celebración de la Junta autorizada, “… sin que ocurriera incidente alguno, ni se trataron en ella más asuntos que los autorizados”.

 

La “Asociación republicana de Labradores de Cella” y el “Casino Agrícola”   

Una vez recibido el Reglamento original, el 19 de enero de 1940, el Gobernador Civil le comunica al alcalde que disuelve de inmediato la “Asociación Republicana de Labradores de Cella” y el “Casino Agrícola”…que es hijuela y consecuencia del anterior, siquiera se haya pretendido falsear la verdad ocultando su verdadero nombre y denunciando, por tanto, que se hacía a sabiendas”, y que debe comunicárselo a su presidente.

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El alcalde cumple con lo ordenado el 23 de enero de 1940.

El reglamento de la “Asociación republicana de Labradores de Cella”    

Constituida en esta localidad el 10 de noviembre de 1931, con firma de Agustín Gómez, consta de 30 artículos y uno transitorio. Entre otros muchos aspectos destacamos que su finalidad fue para personas que “… tengan por oficio la Agricultura o intereses puestos en ella…” (artículo 1º). Sobre el pago de cuotas se establecen tres categorías: primera, segunda y tercera, según la posición económica de cada uno” (artículo 8º). En el mismo artículo se contempla a los propietarios, los cultivadores de tierras y también se indica quienes pueden ser socios honorarios.

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Desde el artículo 12 al 23, se detallan las funciones de la Dirección de la Asociación y de la Junta Directiva.

 El resto de artículos se refiere al capital social y a la reforma del reglamento y la disolución. Se aprobó el 12 de noviembre de 1931, por el Gobierno Civil de Teruel.

 

El “Casino agrícola” de Cella

En este mismo documento se incluye el Reglamento del “Casino agrícola”, que consta de 13 artículos. En el segundo de ellos se afirma que “.. tendrá el carácter de un servicio especial de la Asociación, supeditándose su vida y disolución a los acuerdos de ésta”.

El artículo 5 en el que se afirma que “Se consideraran socios del casino todos los asociados de la Asociación que no manifiesten nada en contrario”.

En el 13 se indica que “Para el servicio del Casino y de la Asociación habrá un conserje. Este tendrá con la Asociación un contrato en las condiciones que se estipulen…”, que refrendará la Junta general.

El 20 de enero de 1932, firmado por Ernesto Lanzuela, se indica “… Y aprobado este Reglamento en Junta general celebrada el día nueve de enero del año actual, el Presidente que suscribe lo presenta por duplicado ante el Gobernador civil de la provincia, para los efectos correspondientes.

El Gobierno Civil lo aprueba el 22 de enero de 1932.

 

Conclusiones    

Se debe tener en cuenta el contexto histórico en el que se tramita el documento, por una parte, la Guerra Civil (1936-1939), se había acabado el 1 de abril de 1939, por otra, puede deducirse que la mayoría de los socios de la Asociación republicana lo seguirán siendo y lo único que pretendían era formalizarla ante el nuevo régimen imperante.

En este contexto cabe pensar que el reglamento aprobado en 1931 no contemplaba ninguna medida que les afectase negativamente, habida cuenta que según su artículo 2º

“Sus fines son mejorar la producción agrícola, defender los derechos y legítimas conveniencias de la Agricultura; mejorar la  cultura profesional de los asociados y todos aquellos fines  expresamente consignados en las disposiciones legales referentes a Asociaciones agrícolas”

En el 2023, y 92 años después de la aprobación del mencionado Reglamento, se tendría que analizar en profundidad lo que se pretendía y lo que se ha conseguido.

Simplemente desde el Archivo Histórico Provincial de Teruel, recordamos y valoramos la importancia que el sector primario, en este caso referido a la agricultura, tiene en nuestro país. Deseamos que se potencie y siga siendo uno de los pilares fundamentales en la economía nacional y que San Isidro Labrador (*c. 1082-+1172), labrador mozárabe cuya festividad se celebra el 15 de mayo, los siga protegiendo.

El documento completo puede consultarse a través de DARA, su signatura GC. 2176/63